Se ba a publicar en breu. Lo podez trobar en:
http://www.educaragon.org/files/Orden%20currículo%20ESO.pdf
Sobre luengas propias, diz:
Artículo 28. Enseñanzas de lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón
1. Los centros que impartan enseñanzas de lenguas y modalidades lingüísticas propias de la Comunidad autónoma de Aragón podrán solicitar, previa aprobación por el Claustro de profesores y por el Consejo escolar del centro, la modificación del horario semanal establecido en el Anexo III de la presente Orden. Para ello, deberán presentar una propuesta que respete el horario mínimo establecido para cada materia en el Real Decreto
1631/2006, de 29 de diciembre. Dicha propuesta de modificación horaria, justificada mediante un proyecto, deberá ser informada por el Servicio Provincial del Departamento competente en materia educativa con carácter previo a su autorización.
2. Asimismo, aquellos centros que impartan enseñanzas de lenguas y modalidades lingüísticas propias de la Comunidad autónoma de Aragón podrán desarrollar proyectos lingüísticos que faciliten el aprendizaje funcional de las mismas mediante su uso como lengua vehicular para la enseñanza de otras materias. Dichos proyectos han de ser aprobados por el Claustro de profesores y por el Consejo escolar del centro y deberán ser informados por el Servicio Provincial del Departamento competente en materia educativa con carácter previo a su autorización. Estos centros podrán acogerse, asimismo, a una propuesta de distribución horaria en las condiciones establecidas en el apartado anterior.